¿Trabajas el día de las elecciones? ¿Te han designado miembro de Mesa electoral? ¿Eres interventor o apoderado de un partido político? Conoce tus derechos en materia laboral con motivo de las elecciones andaluzas 2012.
La Consejería de Presidencia de la Junta de Andalucía ha adoptado una serie de disposiciones relativas a los permisos retribuidos para el 25 de marzo, fecha en la que se celebrarán las elecciones para los los trabajadores que no disfruten en dicho día del descanso semanal.

Imagen colegio electoral IES Velázquez (Sevilla) en las municipales de 2011
Ejercicio derecho al voto.
Para quienes coincida su jornada laboral, total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios Electorales (de 9 a 20 horas), se prevé el derecho a un permiso retribuido, dentro de su jornada, en los supuestos y cuantías siguientes:
a) Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas.
b) Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas.
c) Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.
d) Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso.
Miembros de la Mesa Electoral.
Los que acrediten su condición de Presidente o Presidenta, Vocal, Interventor o Interventora de Mesa Electoral, tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso, y a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día 26 de marzo de 2012, siempre que justifiquen su actuación como tales.
Para las personas referida en el párrafo anterior trabaja en turno de noche del sábado 24 al domingo 25 de marzo, la empresa estará obligada a cambiarle el turno con el fin de que pueda descansar esa noche.
Los Apoderados tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha de descanso.
Carácter retribuido y no recuperable de los permisos
El trabajador ni podrá sufrir minoración en su salario fijo como consecuencia del disfrute de estos permisos, ni deberá recuperar las horas. Todos los trabajadores deben solicitar el correspondiente justificante a la mesa electoral y presentarlo en la empresa.
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